Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 81 — Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 81. Régimen de edificación en suelo urbanizable ya ordenado

Aprobada su ordenación pormenorizada el suelo urbanizable podrá edificarse una vez se haya urbanizado con arreglo a las prescripciones del planeamiento correspondiente, con las condiciones y excepciones establecidas en esta Ley para el suelo urbano.