Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 48 de Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas: Definición del Estudio de Impacto Territorial

Texto consolidado del BOE.

Artículo 48. Definición del Estudio de Impacto Territorial

1. El Estudio de Impacto Territorial es un documento técnico complementario de todos los instrumentos de ordenación territorial y de los de planeamiento para los que así se prevea en esta Ley.

2. El Estudio de Impacto Territorial comprenderá los estudios y análisis encaminados a predecir, valorar y adecuar el posible impacto sobre la estructura territorial y los impactos sectoriales sobre:

a) La población y su situación socioeconómica.

b) El medio ambiente y los recursos naturales.

c) El sistema de núcleos de población y localización de actividades económicas.

d) Las infraestructuras, dotaciones, equipamientos y servicios.

e) El patrimonio histórico.

3. El Estudio de Impacto Territorial, cuando sea exigible, debe formularse coordinadamente con el instrumento a que se refiera e integrado en el mismo.