Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 33 — Decreto 80/2005 Murcia Instrucciones Previas

Artículo 33. Contenido y documentación

1. Los Programas de Actuación Territorial incluirán las siguientes determinaciones:

a) Delimitación de su ámbito territorial y funcional.

b) Relación de actuaciones previstas, con indicación de plazos, costos y organismos comprometidos para su realización.

c) Justificación del cumplimiento de las determinaciones de las Directrices y Planes que desarrollen.

d) Análisis económico, financiero y presupuestario de las inversiones previstas.

e) Previsiones para la celebración de convenios y acuerdos entre administraciones o particulares para hacer viable la ejecución de las actuaciones.

2. Los Programas de Actuación Territorial contendrán la documentación gráfica y escrita necesaria para definir su contenido, incorporando como documento complementario el Estudio de Impacto Territorial.