Disposición final única. Entrada en vigor.
Este decreto legislativo y el texto refundido que por él se aprueba entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
Disposición final única. Entrada en vigor.
Este decreto legislativo y el texto refundido que por él se aprueba entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana».
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