Decreto 7/2013 CyL

Disposición adicional sexta de Decreto 7/2013 CyL

Texto consolidado del BOE. Se estudia en Administrativo del Estado, Auxiliar Administrativo, Tramitación Procesal. Practicar con tests.

Disposición adicional sexta. Implantación de la Administración electrónica en el ámbito local.

1. Los municipios de Castilla y León de más de 20.000 habitantes y las diputaciones provinciales adoptarán cuantas medidas sean necesarias para la efectividad de los compromisos establecidos en el artículo 14.2 y en el Capítulo II del Título III, a través de las sedes electrónicas o páginas web de los municipios o mediante otras técnicas de información y comunicación.

2. Las diputaciones provinciales de Castilla y León colaboraran con los municipios menores de 20.000 habitantes que no tengan capacidad técnica y organizativa suficiente para hacer efectivos los compromisos establecidos en el apartado anterior, fijando en sus programas y calendarios, en su caso, las previsiones de dicha colaboración.