Artículo 34. Tipo de gravamen reducido aplicable en la transmisión de vivienda protegida que tenga la consideración de vivienda habitual para el contribuyente.
El tipo de gravamen aplicable en la transmisión de una vivienda protegida, ya sea de promoción pública o privada, que vaya a constituir la primera vivienda habitual del contribuyente será del 0%.
Se modifica por la disposición final 7.13 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1566
Se modifica por el art. 1.8 de la Ley 4/2018, de 30 de noviembre. Ref. BOE-A-2019-283
Se modifica el apartado 1.b) por la disposición final 3.4 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1607.