Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 24 ter — Decreto 36/2009 Subvenciones Canarias

Artículo 24 ter. Bonificación de la cuota por parentesco.

Los sujetos pasivos incluidos en los grupos I, II y III de los previstos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, aplicarán una bonificación del 99,9 por 100 de la cuota tributaria derivada de las adquisiciones mortis causa y de cantidades percibidas por los beneficiarios de seguros sobre la vida que se acumulen al resto de bienes y derechos que integran la porción hereditaria del beneficiario.

Se modifica por el art. único.1 del Decreto-ley 5/2023, de 4 de septiembre. Ref. BOE-A-2023-23402

Se modifica por la disposición final 7.7 de la Ley 19/2019, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2020-1566

Se modifica por la disposición final 8.3 de la Ley 7/2018, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2019-860

Se añade por la disposición final 3.2 de la Ley 11/2015, de 29 de diciembre. Ref. BOE-A-2016-1607.