Decreto 315/1964

Disposición transitoria primera de Decreto 315/1964: Disposición transitoria primera

Texto consolidado del BOE.

Disposición transitoria primera.

Los Cuerpos Generales Técnico-Administrativos, Administrativos y Auxiliares de los distintos Departamentos ministeriales civiles, cualquiera que sea su denominación, y el Cuerpo de Porteros de Ministerios civiles y los declarados a extinguir de la misma naturaleza con anterioridad a la presente Ley, se declaran extinguidos a su entrada en vigor.