Disposición final primera.
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1965.
2. Las disposiciones contenidas en el título II y demás relativas a la Comisión Superior de Personal serán de inmediata aplicación.
Disposición final primera.
1. La presente Ley entrará en vigor el día 1 de enero de 1965.
2. Las disposiciones contenidas en el título II y demás relativas a la Comisión Superior de Personal serán de inmediata aplicación.
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