Decreto 315/1964

Artículo 22 — Decreto 315/1964

Artículo 22.

Al Centro de Formación y Perfeccionamiento de Funcionarios competen las tareas de selección, formación y perfeccionamiento de los funcionarios de los Cuerpos Generales de la Administración civil del Estado y cuantas le confiere la presente Ley.

Téngase en cuenta en cuanto a su denominación lo establecido en el art. 1 de la Orden de 21 de julio de 1966. Ref. BOE-A-1966-12639. y en la disposición adicional 4 del Real Decreto-Ley 22/1977, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-1977-8854.