Artículo 362 sexies.
En los delitos previstos en los artículos anteriores de este Capítulo serán objeto de decomiso las sustancias y productos a que se refieren los artículos 359 y siguientes, así como los bienes, medios, instrumentos y ganancias con sujeción a lo dispuesto en los artículos 127 a 128.
Se añade por el art. único.194 de la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo. Ref. BOE-A-2015-3439.