Artículo 194 bis.
Las penas previstas en los delitos de este título se impondrán sin perjuicio de la que pudiera corresponder por los actos de violencia física o psíquica que se realizasen.
Se añade, con efectos desde el 7 de octubre de 2022, por la disposición final 4.16 de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre. Ref. BOE-A-2022-14630#df-4