Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 1587.
La despedida de los criados, menestrales, artesanos y demás trabajadores asalariados, a que se refieren los artículos anteriores, da derecho para desposeerles de la herramienta y edificios que ocuparen por razón de su cargo.