Texto consolidado del BOE. Se estudia en Tramitación Procesal. Practicar con tests.
Artículo 1546.
Se llama arrendador al que se obliga a ceder el uso de la cosa, ejecutar la obra o prestar el servicio, y arrendatario al que adquiere el uso de la cosa o el derecho a la obra o servicio que se obliga a pagar.