CCom

Art 761 de la Real Decreto de 22 de agosto de 1885, Código de Comercio

Texto consolidado del BOE.

Art. 761.

Si no se hubiere fijado en la póliza el tiempo durante el cual hayan de correr los riesgos por cuenta del asegurador, se observará lo prescrito en el artículo 733 sobre los préstamos a la gruesa.